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jueves, 21 de julio de 2011

Análisis del caso Essam El Hadary ( otro arquero) por el TAS

Essam El-Hadary:

Fecha y partes del caso: 1 de junio de 2010
CAS 2009/A/1880 FC Sion v. FIFA & Al-Ahly Sporting Club
CAS 2009/A/1881 Esam El-Hadary v. FIFA & Al-Ahly Sporting Club
Descripción de los hechos ocurridos:
El Hadary terminó unilateralmente su contrato con el club egipcio Al Ahly y firmó un contrato con el club FC Sion en Febrero 2008 hasta Junio del 2011.
El Club FC Sion y Al Ahly habían mantenido conversaciones por la transferencia del referido jugador pero sin arribar a un acuerdo sobre el monto de transferencia.

¿Al momento de la rescisión del contrato se encontraba en el período protegido? ¿Aplicación de sanciones deportivas?: Al momento de la rescisión efectuada por el jugador se encontraba en el período protegido. No considera en este caso oportuno la aplicación de sanciones previstas atento la edad avanzada del jugador (37 años al momento de la sentencia) y que de lo contrario se le estaría sobre indemnizando al club egipcio.

Rescisión a cargo del jugador o del club:El jugador rescindió unilateralmente el contrato.

¿Existencia de Clausula de penalidad de rescisión en el contrato rescindido?El contrato entre El Hadary y Al Ahly no tenía cláusula con monto de rescisión.

Resolución previa de la FIFA:
La FIFA estableció una compensación de EU 900.000 a favor del club egipcio.

Criterio de fijación de la indemnización:
Criterios Objetivos:
Calcula el valor de la remuneración del nuevo club por el tiempo pendiente del viejo contrato para calcular el valor que el club afectado deberá gastar para reemplazar a dicho jugador con un jugador de similares características. No considera el valor de los gastos y comisiones pagados por el club afectado dado que el jugador ingresó al club en las divisiones inferiores.
En el caso Esam El Haddary se consideró que existe una evidencia, a diferencia de otros casos, que el club FC Sion tenía intenciones de pagar un monto por la transferencia, y por ende Al Ahly tenía una evidente oportunidad de cobrar cierto monto por la transferencia del jugador al club suizo, situación que se vio frustrada ante la partida injustificada del jugador del club. Y basó el monto de dicho concepto en USD 600.000 en virtud de un testimonio en el cual se mencionó que el club suizo estaba dispuesto a subir su oferta inicial de USD 400.000 hasta el referido monto. Por otra parte dicho monto se confirma en su correcta valoración atento la posterior transferencia del jugador del club suizo a otro club egipcio en el referido monto.
A los fines de colocar al club en la misma posición que si el jugador no hubiese rescindido considera que debería haber gastado el monto del contrato del jugador, basado en el tiempo restante del contrato bajo el monto a ser pagado por el nuevo club, + el valor para obtener la liberación del jugador del club debiendo restarse el monto que debería pagarle al jugador por el plazo restante según el contrato rescindido (criterio aplicado en Matuzalem).
No considera el tiempo pendiente del contrato basado en el monto solicitado por el club egipcio para la transferencia del jugador.
Este laudo bajó la indemnización fijada por la FIFA DRC de EUR 900.000 a USD 796.500.

Aplicación del criterio de especificidad del deporte: Tomar la decisión considerando el análisis de la naturaleza específica de los intereses deportivos, las circunstancias deportivas y las cuestiones deportivas inherentes al caso en cuestión.
Consideran que la especificidad del deporte está subordinada como un posible factor de corrección de la indemnización por rescisión contractual a los otros factores.
En este caso no consideran que las circunstancias especiales y el curso de los eventos pueden llevar a incrementar o reducir el monto de compensación a ser pagado.
El hecho que el jugador haya sido el primer arquero del equipo egipcio, y que haya sido uno de los más exitoso arquero del continente, no constituyen elementos para reducir o aumentar la compensación. La cantidad de títulos obtenidos por el jugador y el status del jugador no puede ser considerados como factores sólo en contra del jugador, porque el club también se ha beneficiado de dicha circunstancia. En tal sentido en el caso Mexes (para 147) se consideró que la contribución de jugador en la performance del club debe ser tenida en cuenta como un elemento que le sea favorable, más cuando como en este caso había jugado durante 12 años y 500 partidos.
Este panel considera que el hecho que el jugador sea un arquero no puede ser utilizado ya sea para aumentar o disminuir la compensación debida al Al Ahly. No comparte la opinión del Al Ahly que un arquero es más difícil que otros jugadores para ser reemplazado (a diferencia de lo sostenido en De Sanctis)

Aplicación del derecho suizo o el derecho de alguna de las partes intervinientes:Ninguna de las partes efectuó alegaciones acerca de la incidencia que podría haber tenido la aplicación del derecho egipcio sobre el monto a ser calculado de la indemnización.
Particularidades fácticas del caso consideradas:
El Tribunal Federal de Zurich confirmó la jurisdicción del TAS teniendo en cuenta la presencia del componente internacional. El TAS consideró no pertinentes las irregularidades denunciadas por la FIFA basado en el poder otorgado al TAS para revisar los hechos y el derecho.

Distinciones efectuadas en relación a otros laudos emitidos por el TAS:
Posibilidad de considerar como parte de la compensación el reclamo de su anterior club de no recibir un monto de transferencia como consecuencia de su ruptura temprana del contrato de empleo.
(Admitida esta posibilidad en el caso Mexes para. 136, denegada en el caso Webster para 141, y se mantuvo abierta en el caso Pyunik para 97). Por su parte en el caso Matuzalem basado en el derecho suizo que reconoce la posibilidad bajo el derecho laboral que se reconozca el lucro cesante como parte de los daños causados por una terminación injustificada de un contrato de trabajo, se estableció que se puede establecer que la pérdida del monto de una posible transferencia si ciertas condiciones usuales se encuentran presentes, como ser la prueba de la existencia de un nexo lógico entre la ruptura del contrato y la pérdida de realizar cierta ganancia con la transferencia del jugador. En el caso Esam El Haddary se consideró que existe una evidencia, a diferencia de otros casos, que el club FC Sion tenía intenciones de pagar un monto por la transferencia, y por ende Al Ahly tenía una evidente oportunidad de cobrar cierto monto por la transferencia del jugador al club suizo, situación que se vio frustrada ante la partida injustificada del jugador del club.


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